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ICASV - Secciones

Responsabilidad Civil

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La Sección de Responsabilidad Civil tiene por objeto dar curso a las reclamaciones de esta naturaleza dirigidas frente a los Abogados y Abogadas, por daños que se hubieren podido causar a los intereses cuya defensa les hubiere sido confiada en el ejercicio de su profesión, dando traslado de las mismas a la correspondiente compañía aseguradora; adoptar las medidas precisas para procurar la armonía, comunicación y celeridad en las relaciones entre los Abogados y Abogadas y la compañía aseguradora; así como promover y organizar, en colaboración con la Sección de Escuela de Práctica Jurídica y Formación, actividades y cursos en este ámbito.

Las reclamaciones por responsabilidad civil contra las y los colegiados deberán realizarse por escrito dirigido a la Junta de Gobierno, a través de la oportuna (hoja de reclamaciones), que podrá hacerse llegar al Colegio bien a través de email (decanato@icabizkaia.eus) o bien entregándolo en mano o por correo postal en la sede del Colegio en Rampas de Uribitarte 3, exponiendo en el escrito de forma detallada los motivos de la reclamación y acompañando toda la documentación que apoye la misma. 

De dicha reclamación se dará traslado al colegiado/a presunto causante del perjuicio para que presente las alegaciones que sobre la misma estime oportunas, aportando asimismo la documentación que igualmente considere.

Con todo ello, en el plazo más breve posible, la sección de responsabilidad civil emitirá informe jurídico, no vinculante para las partes, acerca de la reclamación realizada y si bajo nuestro punto de vista debe o no ser indemnizable.

Tramitación de siniestros

Todo perjudicado, o directamente el letrado asegurado, podrán comunicar a través de un escrito dirigido a la Junta de Gobierno del Colegio, la existencia de un siniestro, bien a través de email (decanato@icabizkaia.eus) o bien entregándolo en mano o por correo postal en la sede del Colegio en Rampas de Uribitarte 3, 48001 Bilbao.

En el escrito de reclamación el perjudicado deberá exponer su versión de los hechos y aportar la documentación en que basa la misma.

De este escrito se dará traslado al letrado/a supuestamente causante con el fin de que realice las alegaciones que estime convenientes, fundamentando las mismas y aportando la documentación que considere oportuna en las que se sustente su versión.

Con toda esta documentación, la Sección de Responsabilidad Civil del Colegio, realizará un estudio que plasmará en un informe recogiendo los hechos y dictaminará si a su juicio el siniestro es o no indemnizable. 

Este informe, aprobado por la Junta de Gobierno, se traslada a la Cía. Aseguradora, al reclamante y al letrado/a presuntamente causante del siniestro, y sin ser vinculante para las partes, ayuda a la resolución de las reclamaciones realizadas, sin perjuicio de la facultad de la compañía de negociación con el perjudicado del importe de la indemnización.

También existe la posibilidad de comunicar el siniestro, bien a través de la correduría de seguros, o directamente a la Compañía de Seguros.