A lo largo de 2026, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social está implantando su nueva Sede electrónica.
A partir del 8 de junio se pondrá en funcionamiento en la nueva Sede la tramitación del procedimiento sancionador en el orden social y del procedimiento de extensión de actas de liquidación de la Seguridad Social, para los trámites llevados a cabo por y ante el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
De cara a esta nueva etapa, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
Los procedimientos sancionadores en el orden social que se inicien a partir del próximo 8 de junio se tramitarán a través de la nueva Sede electrónica del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social (https://sede.oeitss.gob.es/inicio).
Con respecto a los procedimientos sancionadores iniciados con anterioridad al 8 de junio, los trámites que tengan que realizarse con el OEITSS hasta su terminación se realizarán a través del Registro General de la Administración General del Estado. (https://reg.redsara.es/es/).
Los trámites del procedimiento sancionador que se realicen por otras vías, incluida la presencial, no se ven afectados y podrán realizarse del mismo modo en que se llevaban a cabo hasta la fecha indicada.
Puedes consultar toda la información el documento adjunto:
Junta De Gobierno