Con estos Estatutos se da cumplimiento al mandato contenido en las siguientes disposiciones normativas, con la finalidad de dotar al Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia de unas normas estatutarias adaptadas a la legislación vigente: la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales y la Ley del Parlamento Vasco 18/1997, de 21 de noviembre, de Ejercicio de Profesiones tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales, en cuanto desarrollan el artículo 36 de la Constitución Española y el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco, respectivamente, ambas a la luz de la reforma operada por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Paraguas); así como el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
Esta norma fue aprobada en Junta General Extraordinaria, con fecha de 25 de febrero de 2025 en la sesión celebrada en el Salón de Actos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia.
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